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En su vertiente etimológica la palabra «derecho» alude a la rectitud y dirección del obrar humano. Puede ser empleada en un doble sentido: objetivo, como grupo de normas integrantes del ordenamiento jurídico, o como sinónimo de Justicia; y subjetivo, como facultad de actuación de un sujeto. La palabra «norma» se refiere en un sentido genérico a las reglas a las que se sujeta el obrar humano. Así, se distinguen muchos tipos de normas: morales, religiosas, cívicas, jurídicas, etc. ÍNDICE El ordenamiento jurídico y sus ramas: la norma jurídica y las fuentes del Derecho Nacimiento y extinción de la personalidad: persona física y persona jurídica Los derechos subjetivos y el patrimonio. La relación jurídica Las relaciones jurídicas «obligatorias»: el contrato La responsabilidad extracontractual Las relaciones jurídicas «reales»: propiedad y derechos sobre lo ajeno Las relaciones jurídicas «familiares»: matrimonio y filiación Las relaciones jurídicas «sucesorias»: sucesión testada e intestada